Las controversias fiscales generan mucha incertidumbre. Respondemos las preguntas más frecuentes para que sepa exactamente qué hacer en cada situación.
Depende del tipo de empresa, su régimen fiscal y el giro del negocio, pero en términos generales toda empresa en México tiene tres obligaciones fiscales principales:
ISR — Impuesto Sobre la Renta. Se paga sobre las utilidades de la empresa. La tasa general para personas morales es del 30%. Se declara anualmente, con pagos provisionales mensuales.
IVA — Impuesto al Valor Agregado. Se cobra al cliente en la mayoría de las operaciones comerciales y se entera al SAT mensualmente. La tasa general es del 16%, aunque en zonas fronterizas como Baja California aplica una tasa preferencial del 8%.
IMSS e INFONAVIT. Si la empresa tiene empleados, debe pagar cuotas patronales al IMSS y aportaciones al INFONAVIT de manera mensual.
Además pueden aplicar otros impuestos según el giro: IEPS para empresas que venden alcohol, tabaco o combustibles, impuestos estatales y derechos municipales. En Aroche & Cannon le ayudamos a entender sus obligaciones fiscales y a cumplirlas de manera ordenada.
Lo primero es no ignorar la notificación ni responder sin asesoría. Una auditoría del SAT — técnicamente llamada visita domiciliaria o revisión de gabinete — es un procedimiento formal con plazos y consecuencias legales que requiere atención inmediata.
Lo segundo es reunir toda la documentación contable y fiscal del período que se está revisando: declaraciones, CFDIs, estados de cuenta, contratos y comprobantes de gastos.
Lo que no debe hacer es alterar documentos, omitir información o intentar negociar directamente con el auditor sin conocer sus derechos.
Una auditoría bien atendida puede cerrarse sin consecuencias o con ajustes menores. Una mal manejada puede derivar en créditos fiscales millonarios o incluso en responsabilidad penal.
En Aroche & Cannon le acompañamos desde la primera notificación hasta el cierre del procedimiento, defendiendo sus intereses frente al SAT.
Sí. El SAT cuenta con mecanismos legales para que los contribuyentes con adeudos puedan regularizar su situación sin necesidad de pagar todo de golpe.
La opción más común es el convenio de pago en parcialidades, que permite liquidar el adeudo en mensualidades durante un plazo determinado.
También existe la posibilidad de impugnar el crédito fiscal si considera que el adeudo fue determinado incorrectamente. En ese caso, puede interponer un recurso de revocación ante el propio SAT o un juicio ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Lo importante es no ignorar el adeudo. Un crédito fiscal no atendido genera recargos, multas y puede derivar en embargo de cuentas bancarias o bienes.
En Aroche & Cannon analizamos su situación fiscal, evaluamos si el crédito es correcto y le ayudamos a encontrar la mejor salida.
Sí, y en muchos casos vale la pena hacerlo. No todas las multas del SAT están bien fundadas, y la ley le otorga al contribuyente el derecho de impugnarlas cuando considera que fueron impuestas incorrectamente o de manera desproporcionada.
El primer paso es revisar la resolución con cuidado. La multa debe estar debidamente fundada y motivada. Si ese requisito no se cumple, la multa puede anularse.
Los medios de defensa disponibles son el recurso de revocación ante el propio SAT y el juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Ambos tienen plazos estrictos — generalmente 30 días hábiles a partir de la notificación.
También existe la posibilidad de solicitar una reducción de la multa por espontaneidad o por ser la primera infracción.
En Aroche & Cannon revisamos su caso y le decimos si tiene argumentos para impugnar, reducir o negociar la multa antes de que venza el plazo.
Es una situación grave porque sin RFC activo o sin sellos digitales su empresa no puede facturar — y sin facturar, no puede operar legalmente.
La cancelación del RFC generalmente ocurre cuando el SAT detecta inconsistencias en sus declaraciones, falta de actividad prolongada o irregularidades en su situación fiscal. El bloqueo de sellos digitales se aplica cuando el SAT considera que el contribuyente emitió facturas sin respaldo real.
En ambos casos hay un procedimiento para aclarar la situación y restablecer sus derechos como contribuyente. El SAT está obligado a escucharle y a darle la oportunidad de presentar pruebas.
El error más común es intentar resolverlo directamente en el SAT sin documentación ni asesoría, lo que puede alargar el proceso innecesariamente.
En Aroche & Cannon le ayudamos a preparar la aclaración, reunir la documentación necesaria y gestionar el restablecimiento de su RFC o sellos digitales en el menor tiempo posible.
Cuéntenos su caso. Le respondemos con honestidad.